Obligaciones cuantitativas para presentar Cuentas Anuales Consolidadas

Tal y como establece el Real Decreto 1159/2010, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, en su artículo octavo sobre la “Dispensa de la obligación de consolidar por razón del tamaño” diferencia: 1. Una sociedad no estará obligada a formular cuentas anuales consolidadas cuando, durante dos ejercicios consecutivos en la fecha de cierre de su ejercicio, el conjunto de las sociedades del grupo no sobrepase dos de los límites relativos al total de las partidas del activo del balance, al importe neto de la cifra anual de negocios y al número medio de trabajadores, señalados en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital para la formulación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada (Art. 258):   Que el total de partidas de activo supere los once millones cuatrocientos mil euros. Que el importe neto de la cifra de negocios supere los veintidós millones ochocientos mil euros. Que el número medio de […]


Obligación de Auditoría

La Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010), en su artículo 263 establece:   Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberán ser revisados por auditor de cuentas. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes: a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros. b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros. c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta. Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior. En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación […]


El empleo camina a otro año en positivo

El empleo camina a otro año en positivo

El mercado laboral mantendrá un avance vigoroso el próximo año, aunque amenazado por la desaceleración de la demanda externa y la incertidumbre tras las elecciones, pero las bonificaciones a la contratación pueden apoyar la tendencia positiva. La incertidumbre política ha limitado las contrataciones y podría seguir haciéndolo en 2016 Los nuevos pedidos a la industria y a los servicios se están incrementando rápidamente Fuente: Expansión Especial, 30/12/2015 pág 6.


Carta fiscal. Diciembre 2015.

Novedades fiscales en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016; Potestad de Hacienda de la comprobación e investigación de los delitos prescritos; Proyecto normativo: Un nuevo modelo de liquidación del IVA mediante un borrador similar al del IRPF.


Carta fiscal. Noviembre 2015.

Modificaciones en las reclamaciones económico-administrativas, Tramitación de los expedientes de delitos contra la Hacienda Pública, Sociedades Civiles que pueden pasar a ser contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades a partir del 1 de enero 2016, Carácter vinculante de las consultas de la Dirección General de Tributos y de los criterios y resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central, Novedades en el perímetro de vinculación, Pérdidas por deterioro de activos y reducción obligatoria de capital, Mínimo exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento.


Carta fiscal. Octubre 2015.

Modificaciones en la Ley General Tributaria, Modificaciones en el Impuesto de Sociedades, Novedades fiscales en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, Publicidad de las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, Deducibilidad del deterioro de inmuebles.  


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