Carta fiscal. Octubre 2020
Consecuencias en la fiscalidad de la derogación del Real Decreto-Ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales; Si el cargo es gratuito las retribuciones a administradores no son deducibles en el impuesto sobre sociedades; Tratamiento en el IVA de una moratoria en el arrendamiento de un local comercial; Está exenta de IRPF la indemnización mínima obligatoria de 7 días de salario por año trabajado a la que tiene derecho cualquier directivo al ser despedido; El régimen especial del Impuesto sobre Sociedades de entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas no se puede condicionar a los requisitos de la Ley del IRPF; La aportación de un crédito a una nueva empresa y su deducción en el IRPF; Disposición de los derechos consolidados de los planes de pensiones por la crisis sanitaria derivada del Coronavirus.