Las pymes comprarán las acciones al minoritario si no le pagan dividendo

Desde el pasado 1 de enero, los socios minoritarios de las compañías mercantiles no cotizadas tienen derecho a que la empresa les compre las acciones a un precio razonable si en tres años no reparte dividendo, lo que es necesario tener en cuenta al realizar el cierre contable. El Gobierno ha dejado que entrase en vigor el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, tras seis años bloqueándolo.

Un auditor valorará el precio de los títulos de quienes dejen la sociedad.

 

Fuente: “El economista”.

 

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/8120361/01/17/Las-pymes-deben-comprar-las-acciones-del-minoritario-si-no-pagan-dividendos.html


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